2.1) Sentido de communitas y su olvido histórico
Los términos ‘communitas’ e ‘immunitas’ vienen del latín ‘moenia’, la muralla que delimita y protege la ciudad. De aquí deriva la raíz etimológica común presente en los términos: muni-cipio, co-mún, co-muni-dad o in-muni-dad (Espósito, 2003 y 2005). Pues remite a la bios y al nomos o derecho humanos, compartidos entre las murallas ciudadanas y que ya no son mera zoé animal ni naturaleza física. En el hogar protegido erigido colectivamente se desarrolla la communitas y la immunitas antropotécnica (Sloterdijk, 2012) que permite a los humanos desarrollarse como tales.
Por
eso, durante milenios los humanos se identificaron profundamente con su comunidad,
en una subjetivación comunitaria y relacional (Hernando, 2012 y 2002). Entonces
la communitas era el impresdincible ser, ámbito, hogar y sentido de la gente
pues, solamente en ella, gozaba de la necesaria immunitas, tanto para
sobrevivir como para sentirse seguro, acogido, en casa y con sentido
existencial y espiritual. Ahora bien, con la diferenciación social, se
desarrollaron subjetivaciones menos comunitarias y más individualizadas.
Para
abreviar, ello se produjo especialmente durante la modernidad capitalista,
desacralizadora, colonial e imperial, la cual culminó un muy largo proceso de
ólvido e incluso menosprecio de las comunidades tradicionales. Pues el estado
nación moderno se construyó en gran medida en contra de las communitas, primero
en Europa y luego se aplicó en las colonias. Ello comportó inevitablemente la simplificación
de las politizaciones, de las necesidades humanas y de las distintas funciones
sociales (Mann, 1997 y 1991). Históricamente este proceso se inició primero en
la Europa precolonialista y en las metròpolis coloniales pero luego se extendió
a los territorios colonizados, invadidos y ocupados por ellas[1] durante lo que Wallerstein
(2006) pero también Noam Chomsky cualifican como ‘el sistema de los 500 años’,
es decir desde el inicio de la conquista europea de América y de la práctica
totalidad del mundo hasta hoy.
Por
tanto, la eliminación o subordinación al nuevo estado-nación de muchas
comunidades tradicionales locales, gremiales, de ayuda mútua, etc. es un
proceso paralelo a muchos otros de proletarización, esclavización,
colonización, racialización... Después del éxito a largo plazo de esos procesos
y de la resultante nueva ‘hegemonía cultural’ o ‘sentido común’ (Gramsci,
2013), la urgencia del eje redistributivo, ideológico y de lucha de clases fue
absoluta, hasta el punto que la communitas apareció como un simple y pernicioso
residuo del pasado cuya desaparición tenía que celebrarse e incluso acelerarse.
Evidentemente de resultas a procesos contrarios de decolonización, en las
últimas décadas y sobre todo en países con mucha presencia de pueblos
originarios, ese menosprecio de la communitas se ha detenido e incluso se
reinvindica crecientemente.
[1] Recojo explícitamente
estos términos porque en el debate posterior a mi ponencia en el ‘III Seminario
Internacional de filosofía del derecho: Justicia como Reconocimiento’, mayo 14
al 15, en la Universidad Autónoma Intercultural Indígena (Popayán, Colombia)
profesores indígenas insistieron legítima, argumentativa y vehementemente que
se evitaran otros términis eufemísticos y que minimizan la tragedia colonial.
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