Cuando analizamos cuestiones tan complejas y
amplias como la justicia o su funcionamiento en sociedades avanzadas como la
brasilera o las europeas, se necesitan enfoques multidisciplinares,
transversales y macrofilosóficos. Pues, en caso contrario, reducimos en exceso
las cuestiones y se nos escapan gran parte de su problematicidad, de sus causas
y consecuencias, y de sus relaciones con importantes aspectos
sociales.
Solo así, se evidencia de forma cabal que aparentes mejoras pueden tener efectos indeseados para la necesaria comprensión holista de la justicia y su funcionamiento. Ello puede darse tanto en el modelo abstracto, ideal y platónico que solía ser el mayoritario hasta hace muy poco, como en el ‘turbojudiciario’ que privilegía la velocidad, lo cuantitativo y el funcionamiento mecánico altamente previsible. Este es el nuevo modelo judicial que, cada vez más, se impone en la actualidad (por ejemplo en Brasil) y que está muy influido por el marketing y recientemente la inteligencia artificial.
Evidentemente
consideramos necesario redefinir y mejorar el modelo abstracto platónico de judiciario, sobre
todo para que sea más eficaz rindiendo cuentas a la ciudadanía y mejore la
gobernanza judicial y estatal en general.
Ahora bien tenemos crecientes dudas
de que esas mejoras encajen con el modelo emergente de ‘turbojudiciario’, que también debemos criticar pues coincidimos
con el riguroso análisis llevado a cabo por la juez federal brasilera Raquel Chiarelli de los peligros de limitarse a considerar la justicia desde
una perspectiva meramente gerencial, productivista y cuantitativo.
En su reciente la tesis
doctoral “Entre o ideal e a aparência: Uma análise macrofilosófica da qualidade
da justiça”, que hemos tenido el
honor de codirigir en la Universitat de Barcelona, Chiarelli fundamenta argumentativamente la desconfianza que ha ido constatando, cimentando y demostrando a lo largo tanto de su
largo y esforzado trabajo como juez federal.
A través de su investigación doctoral, pero también de su ejercicio profesional como jueza, Chiarelli ha
desarrollado una conciencia muy elaborada sobre las disfunciones y los efectos
indeseados tanto del modelo tradicional; donde muchas veces se renuncia a
evaluar el rendimiento efectivo del sistema judicial y, por
tanto, evitar rendir cuentas por sus déficits y luchar por mejorarlo
adecuadamente. Pero Chiarelli también ha constatado los errores, disfunciones y
malos efectos colaterales que a veces acompañan a loables esfuerzos para
parametrizar numéricamente el ejercicio efectivo de la justicia y aumentar su rendimiento.
Pues, muchas veces, lo cuantitativo
no refleja todo lo cualitativo y no se puede priorizar la productividad judicial a la buena justicia. Pues, en última instancia, esta no solo debe garantizar la buena gobernanza del Poder judicial sino, también, luchar en contra de la injusticia y curar la discordia social. Es una tarea muy difícil, incluso de imposible perfección y plena efectividad, pero esencial en los Estados democráticos de derecho que -como la ciudadanía- precisan del mejor desempeño por parte del Poder judicial.
Para ayudar a satisfacer esa tarea democrática y constitucional tan esencial, es comprensible e inevitable
aplicar mecanismos de control objetivo sobre la labor concreta llevada a cabo
por los distintos tribunales e incluso por las personas individuales, ya sean
los más altos jueces del tribunal supremo o los servidores de rango inferior y
de situación más precaria del judiciario. La juez Chiarelli entiende la necesidad
de superar los modelos abstractos tradicionales de justicia, introduciendo
mecanismos rigurosos que permitan contabilizar y fiscalizar la labor de todos
los individuos, colectivos e instituciones que tienen que ver con la
impartición de la justicia en los Estados democráticos y sociales de derecho.
Ahora bien, Chiarelli, gracias a su doble labor
profesional como juez federal y académica de investigación, también ha
detectado el peligro de que índices importantes como el número de sentencias
por unidad de tiempo y de personal destinado, pueden desviar la atención de la
calidad intrínseca de tales sentencias. También pueden obviar déficits en las
garantías anticorrupción, en el compromiso ético de las instituciones estatales
y en la relación del sistema judicial con la ciudadanía y el respeto y atención
con que esta debe se tratada.
Pues evidentemente el número de sentencias no garantiza la disminución de la corrupción estatal o social, ni tampoco
el compromiso y satisfacción de la población con ‘su’ sistema judicial. Al contrario, algunas veces la obsesión por la productividad meramente cuantitativa respecto a la rápida evacuación de sentencias y otros actos, puede distraer al judiciario de mantener los altos esténdares de la calidad de su justicia, especialmente ante una ciudadanía que muchas veces se siente maltratada u olvidada.
Por eso nos preguntanos -coincidiendo con la juez
Chiarelli- ¿qué es primero y más importante?: ¿Atender cuidadosamente a la
justicia, es decir a su ejercicio respetuosamente supremo de minimizar la injusticia y a su vital efecto
benéfico, legitimador y pacificador en el conjunto de la sociedad? ¿O bien
cumplir con fríos parámetros cuantitativos como si se tratara de una mera
empresa privada, comercial o de servicios?
¿La tarea de todo el poder judiciario es
ofrecer una justicia de máxima calidad, que defina el criterio de ‘suprema
eticidad’ -en términos de Hegel- y que valora el Estado como ‘máximo ético’ -en
términos de Joachim Carlos Salgado-? Que no pierda su atención humana y humanitaria en su vital tarea de efectuar la justicia, la salud del Estado y la cohesión ciudadana.
¿O más bien, lo que importa es
instaurar unas mecánicas econométricas, competitivas y productivistas que
aceleren rentablemente todos los procesos del judiciario y que lo conviertan en
una maquinaria bien engrasada que entregue sus dictámenes con similar urgencia
y eficacia que una empresa o un negociado de trámites jurídicos?
En este último caso,
nos preguntaríamos con tristeza: ¿Así, estamos encarándonos al Estado como
‘realización efectiva de la libertad’ ahora y aquí (Hegel) o como ‘máximo ético’?
¿O más bien lo tratamos como un decadente, aunque muy productivo, ‘Estado
poiético’, tal como es analizado y criticado por Salgado?
Si atendemos a la mencionadas cuestiones, la
pregunta esencial es ¿Qué hay que priorizar?: ¿Conseguir la adecuada ‘justicia
de la Justicia’ y garantizar el 'derecho al Derecho' para que devengan criterio para el conjunto de la sociedad y
del Estado? ¿O, más bien, generar un nuevo turbojudiciario que garantice básicamente rápidez
y productividad en términos del número de sentencias pronunciadas? ¿A qué deben
atender en primer lugar tanto los jueces más altos como los últimos servidores
del judiciario? ¿Qué es mejor para la justicia en sí misma, pero también para
el Estado, para la ciudadanía e incluso para el Poder Judiciario? En caso de que
no todo pueda tenerse en todo momento y al mismo tiempo ¿qué hay que priorizar?
¿Qué es más necesario o incluso innegociable?
Con Chiarelli, estamos convencidos de que no se
puede prescindir de reflexionar con atencion y mucho cuidado sobre esas
cuestiones tan básicas, nucleares y de vital importancia para el buen
funcionamiento social y de la justicia. Tenemos que dar cuenta
también de nuevas cuestiones clave como: ¿Por qué muchas veces -quizás cada vez
mas habitualmente- no se atienden a las preguntas mencionadas o, simplemente,
se las acalla trasponiendo al judiciario fórmulas de management e incluso de
marketing? ¿Se es entonces
coherente con lo que los Estados democráticos y sociales de derecho esperan del sistema de justicia o
se degrada al Poder judicial imponiéndole exigencias y restricciones que, en parte, le son ajenas?
Nadie niega que muchas propuestas son legítimas y
vienen acompañadas del éxito en el funcionamiento cotidiano de empresas ‘con
ánimo de lucro’. No vamos a llevar la contraria frontalmente a tantísimos MBA,
MIM y Business Schools. Ahora bien, nos preguntamos y nadie quiere responder: ¿Podemos dar por supuesto acríticamente que esos
turbomecanismos y preceptos econométricos serán igual de rentables, productivos
y sobre todo adecuados, aplicados a poderes tan vitales para el Estado y la
ciudadanía como lo es el judiciario?
¿Hay que suponer que no es una diferencia
importante el hecho de que el Poder Judicial no sea ninguna ‘empresa con ánimo
de lucro’ o que el Derecho ha tenido siempre un esencial compromiso humanista y ético con la sociedad?
Pues bien, sin atender ni responder de forma suficiente a las cuestiones que con Chiarelli estamos planteando aquí, se está aplicando, a toda marcha, al sistema de justicia del Estado Democrático de Derecho mecanismos de marketing o
management, que son muy interesantes en sus ámbitos, pero sin atender a las muy significativas diferencias entre instituciones 'con ánimo de lucro' y otras que (como los
judiciales) tienen exigencias y funcionamientos muy diversos.
Creemos que son diferencias no superficiales y sin importancia, sino constitutivas, de substancia o esencia. Por eso, pueden provocar daños colaterales e imprevistos que amenacen
algún aspecto clave de esa planta delicada que se sabe que es la justicia desde
la Grecia clásica o incluso desde Hammurabi o Gilgamesh. Por tanto, cabe preguntarse: ¿Podemos permitirnos
actuar con prisas e irreflexivamente y sin atender a las posibles
consecuencias?
No se trata por tanto de evitar la reforma del modelo
tradicional de sistema judicial que, por su misma abstracción y elitismo, carecía de los eficaces
mecanismos de rendimiento de cuentas, de control y de mejora. Pues como dice François
Jullien (2006: 4, Conferencia sobre la eficacia, Buenos Aires:
Katz ed.), se limitaba a concebir reductivamente que “para ser eficaz, construyo una forma modelo, ideal, cuyo plan trazo
y a la que le adjudico un objetivo; luego comienzo a actuar de acuerdo con ese
plan en función de ese objetivo. Primero hay modelización, luego esta modelización
requiere su aplicación.”
El problema no obstante aparece en la medida que
hay un inevitable salto y perdida (2006: 5) cuando se pasa “de la teoría a la
práctica: [ya que] ésta nunca puede alcanzar el nivel de aquélla. Es por eso que
Aristóteles elabora la idea de una facultad intermedia, a la que llama
phrónesis que se traduce a menudo por “prudencia”, que serviría para vincular
la modelización con la aplicación, y reducir así la brecha que casi siempre las
separa.”
Lamentablemente la prudencia, que fue considerada la facultad superior de la humanidad y -por tanto- el patrimonio primordial del juez durante siglos e incluso hoy cuando la pensamos, también es la gran olvidada durante la modernidad matematizante y
calculadora. ¡Y aún más en el turbojudiciario actual que privilegía el modelo
economicista y de marketing de la justicia! Pues éste pretende mejorar el modelo
abstracto tradicional aumentando su mecánica acelerada pero… ¡sin prudencia! Es
decir, ¡prescindiendo de esa esencial virtud sin la cual el modelo abstracto y
eidéticamente cualitativo no puede converger con la aplicación concreta
mediante un modelo meramente cuantitativo!
Y este es el gran problema que (como ve claramente
Jullien) subyace a la evolución del modelo matematizante, cuantitativo, de
management y de marketing. No hemos de olvidar que, para toda la tradición
aristotélica, la justicia es un objetivo solo alcanzable por la fina virtud
equilibradora de la prudencia, que no tiene nada que ver (pues se opone
frontalmente) con consignas del tipo: ‘fiat iustitia et pereat mundus’ (¡hágase
la justicia y muera el mundo!).
Pues bien, el turbojudiciario gerencial y de inteligencia
artificial se centra meramente en acelerar el funcionamiento mecánico del
sistema judicial y, en absoluto, se caracteriza por el fomento de una prudencia
deliberativa que suele requerir un tiempo más lento de maduración. Recordemos
que el Premio Nobel de Economía, Daniel Kahneman, distingue en el pensamiento
humano dos formas mentales con características muy diversas y que suelen
funcionar en paralelo y complementándose: el Sistema 1 que es rápido y el
Sistema 2 más lento.
El problema es que -cada vez más- al actual turbojudiciario se le exige especializarse en el sistema 1 muy acelerado, en detrimento del sistema
2, por el simple hecho de que la reflexión es demasiado lenta para la rentabilidad exigible en neoliberalismo. Y ello es
muy grave si tenemos en cuenta que el Sistema 1 es más rápido, pero también más compulsivo, instintivo, emocional e inconsciente,
que es algo bastante peligroso en un turbojudiciario. En cambio el Sistema 2 es,
ciertamente, más lento, pero tambien más deliberativo, prudencial, reflexivo, lógico,
racionalmente argumentativo y que procede de forma consciente.
Parece peligroso que la justicia -incluyendo la
postmoderna- se limite a ser tan solo un turbojudiciario muy acelerado,
productivo y cuantitativamente eficiente, si con ello pierde la prudencia, la
eficiencia deliberativa y la consciencia del valor de los argumentos, de sus
propios sesgos ideológicos y de los riesgos del proceder acelerado. Pues,
parece claro que hay que evitar sobre todo que el ideal de justicia vaya por un
lado, mientras que muy lejos y por otro lado vaya operando ese turbojudiciario,
convertido en un sistema mecánico experto y cada vez más abocado a un uso intensivo de la
inteligencia artificial. Pues entonces ¿Por qué no sustituir los jueces humanos y humanitarios por veloces y eficacísimos sistemas de inteligencia artificial?
Evidentemente hay que mejorar la justicia y su aplicación cuotidiana en la medida de lo posible, pero también tenemos que vigilar que la buena justicia encaje y se mantenga tras los cambios que introduzcamos. Por ello, hay que evitar centrarse tan solo en el marketing y la fascinación por unos resultados cuantitativos elevados y ultrarápidos... pero quizás también pueden resultar peligrosos para la salud del Estado Democrático y Social de Derecho. Pues hay el peligro de sustituir los objetivos de eticidad y justicia humanistas y sociales por más de lo mismo que rige casi sin excepción en la vida productiva, las empresas, el mercado y la cada vez más poderosa 'lex mercatoria'.
Estas y otras cuestiones están en todo momento
presentes en la tesis doctoral de la juez Chiarelli. Por eso, comienza
analizando el origen histórico de la perspectiva técnico-empírica de la
justicia desde la Revolución francesa, el utlilitarismo, el positivismo, la
crítica husserliana en la ‘crisis de las ciencias europeas’ y las políticas hoy
aplicadas en el judiciario brasilero. También se pregunta ¿cual es la cualidad o
las características más propias de la justicia? Estudia y contesta algunos de
los malentendidos más habituales al respecto. Y reclama una reflexión
suficientemente holista, macrofilosófica, polidisciplinar y transversal de la
justicia.
Coincidimos con Raquel Chiarelli en críticar a la
justicia ‘postmoderna’ y vinculada a la extensión turboglobalizada de la ‘lex
mercatoria’, que coloniza muchos ámbitos judiciales y prioriza la imagen
simbólica de maquinaria eficiente y con resultados rápidos por encima de la
‘calidad’ prudencial propia de la justicia. También tiende a olvidar les
necesidades de la ciudadanía que tiene que recurrir al judiciario para defender
sus esperanzas, pleitos y demandas, las cuales -sin una verdadera justicia- quedan
fácilmente en ‘papel mojado’.
Entonces el pueblo se acerca temeroso y
desorientado al ‘panóptico judiciario’ que -como un ilusionista o un
malabarista- mueve los ‘papeles’ a toda velocidad de un ‘negociado’ a otro. Hay
el peligro que -un poco como mostró Kafka en El Castillo- invisibilice y
no de cuenta de la ‘justicia’ de todo el proceder del judiciario, por mucho que
derrepente sorprenda al ciudadano con una acelerada sentencia. Hay también que ir con sumo cuidado con las
rapideces y muchos trámites poco visibles para la ciudadanía, porque entonces
tales turbosentencias se pueden convertir en inapelables y que cueste responder fundamentadamente también con similar velocidad –incluso con ayuda
profesional-.
Si a ello le añadímos el uso sistemático de
erramientas informáticas de inteligencia artificial, pueden reaparecer absurdos y opacidades que se habían ido superando desde los tiempos del
Castillo de Kafka. Es verdad que, sin duda, ahora todo se realizará con mayor
rapidez, pues todos nos estamos convirtiendo en Turbohumanos (Mayos, 2023, Ed. Linkgua) y el turbojudiciario, las turbosentencias y la turbojusticia formarán parte probablemente de nuestro futuro.
Pero ello de poco
servirá e incluso puede ser contraproducente en algunos casos, si la ciudadanía no consigue visibilizar ni comprender
los acelerados mecanismos que se van imponiendo. Muchas veces las pretendidas utopías se convierten en catastróficas distopías. Por eso debemos preguntarnos ¿quien vigilará a la inteligencia artificial y al turbojudiciario? Evidentemente, debería ser un vigilante humano ¿pero cómo garantizar la eficacia y justicia de su vigilancia?
Recordemos que los expertos en inteligencia
artificial coinciden en constatar que el funcionamiento de los dispositivos
avanzados de inteligencia artificial se caracterizan por la inexcrutabilidad
humana de su proceder interno. Un turbojudiciario basado en la inteligencia artificial ¿puede convertirse en una ‘caja negra’ de
la que sea humanamente imposible conocer al detalle tanto los inputs como los outputs? ¿Cómo son procesados
internamente y, por tanto, dar cuenta de su corrección, sesgos cognitivos,
efectos indeseados, etc.?
¿Son estos riegos asumibles en un ámbito tan sensible y
esencial como es la justicia y el sistema judicial? ¿Podemos entregarnos
de forma desarmada, acrítica y sin un análisis más profundo ni detallado a un
turbojudiciario mezcla de marketing e inteligencia artificial?
Si así lo hiciéramos, cosa que todavía se está discutiendo y cuya decisión afortunadamente no se ha tomado aún, ¿no correríamos el
riesgo de que la población e incluso los expertos y servidores judiciales acusaran
-o al menos sospecharan- que los procedimientos del turbojudiciario han
devenido peligrosamente oscuros, crípticos, poco humanos, menos humanitarios y faltos de principios. ¿No corremos el gran peligro de deslegitimar a ojos de la ciudadanía a ese
nuevo turbojudiciario que está surgiendo con la aplicación de mecanismos
gerenciales, de marketing y de inteligencia artificial?
Todo apunta a que la juez Chiarelli ha analizado y diagnosticado muy bien la evolución del judiciario postmoderno cuando -en la parte segunda de su
estudio doctoral- compara con riguroso detalle el ideal y la apariencia
escenografíada del judiciario. Incluso se muestra moderada en su crítica cuando avisa que -como ya sucedió en otras épocas- el
ciudadano puede no entender la pertinencia del turbojudiciario ni la
resignificación que comporta del papel del juez.
Hay el peligro, pues, que las reformas en curso o en las futuras se realicen, como si el
ciudadano en lugar de ser reconocido como tal, simplemente fuera tratado como
un súbdito que rápidamente -es verdad- recibirá el resultado de su pleito pero que
-como en el llamado ‘despotismo ilustrado’- deberá interiorizar que ‘todo se hace para el pueblo, pero sin el pueblo’ e, incluso, sin buscar la
comprensión y adquiescencia de la ciudadanía. Al contrario, tratando a la gente
en tanto que ‘súbditos’ y exigiendoles que acepten sin rechistar el veredicto de
un turbojudiciario cada vez más mecánico, gerencial, de marketing, de
inteligencia artificial... y en última instancia, críptico. Con ello, el ya viejo y superado despotismo ilustrado
puede actualizarse recayendo en un todavía más viejo, superado y autocrático
‘mandarinato judicial’.
Para evitar esas peligrosas derivas, frente al turbojudiciario que vemos venir
peligrosamente, reivindiquemos la responsabilidad institucional del judiciario
que lo mejore y empodere realmente frente a las muchas e insistentes
dificultades que lo mediatizan en exceso y que, así, pueda colaborar en una
necesaria nueva etapa del Estado Democrático de Derecho’. Luchemos pues por llevar
a cabo la mejor justicia posible, que camine hacia formas más transparentes y
responsables de mejorar el rendimiento y funcionamiento del judiciario sin que
pierda el contacto legitimador y la confianza de la ciudadanía.
En fin, terminemos esta reflexión crítica en
relación con las cuestiones compartidas con la juez y doctora en Ciudadanía y
Derechos Humanos, Raquel Chiarelli, sumándonos a esa esperanza lúcida y
bastante desesperanzada de Antonio Machado en su Juan de Mairena.
Sentencias, donaires, apuntes y recuerdos de un profesor apócrifo (CXXXVI,
nº 31): ‘Confiamos en que no será verdad
nada de lo que pensamos. Mejor diríamos:
Confiémos en que no será verdad nada de lo que sabemos’.
A partir del Prefácio de Gonçal S. Mayos 'Crítica al turbojudiciario productivista, gerencial y de inteligencia artificial' a Entre o ideal e a aparência. Desafios macrofilosóficos da justiça pós-móderna de Raquel Soares Chiarelli, Paco Editorial, 2023, ISBN 978-85-462-2543-39
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