Desde
un enfoque macrofilosófico, las luchas más concretas, locales y “micro”
muestran su conexión y dependencia con las universales y globales. Por
el contrario, el olvido del enfoque “macro” tiende a perjudicar y minimizar
las luchas más vulneradas, menos visibilizadas y menos empoderadas.
Por eso es importante ampliar la mirada y el análisis para comprender la naturaleza profunda del conflicto, poder valorar qué se está “jugando” y hasta qué punto se está damnificando una parte importante de la población.
Ello
nos obliga a integrar los análisis macrofilosóficos cuando estudiamos los
conflictos concretos y colaboramos empoderativamente con los agentes afectados
(MAYOS, 2016a).
Los conflictos actuales de pobladores de Dom
Joaquim (Minas Gerais, Brasil) con la empresa minera Anglo American
son un caso paradigmático, que puede y debe servir como modelo para otros
muchos. Debe inspirar a los agentes que reivindican justicia, forzar cambios
significativos en la legislación y ayudarnos a reflexionar críticamente de
forma que retroalimente la acción social reivindicativa.Por eso es importante ampliar la mirada y el análisis para comprender la naturaleza profunda del conflicto, poder valorar qué se está “jugando” y hasta qué punto se está damnificando una parte importante de la población.
No
otra cosa es el principio subyacente al método de “reflexión-acción” que
siempre ha inspirado el Programa Polos de Cidadania, cuando colabora con
los vulnerados en conflictos como Dom Joaquim. Aplicando tal principio y desde
un análisis macrofilosófico, intentaremos comprender el conflicto de Dom
Joaquim y vincularlo con muchos otros.
En
principio –y como veremos la formulación abstracta es muy deficitaria-, la
empresa Anglo American ha adquirido recursos hídricos de Dom Joaquim para
ayudar al transporte y comercialización de los recursos mineros que son su
principal interés. Aparentemente y según la legislación brasilera vigente, la
empresa compensa económicamente por las molestias generadas a los
afectados.
Por
otra parte, pobladores de Dom Joaquim denuncian los graves perjuicios de
contaminación, ruidos, grandes daños a sus casas y destrucción de sus modos de
vida que ha provocado los trabajos de la empresa minera. Sorprendentemente, la
mayoría de las compensaciones legales establecidas no contemplan los daños
mencionados o no son ejecutadas. Así no se compensan en lo más mínimo las
graves afectaciones por la privatización de los recursos hídricos de Dom
Joaquim que son usados por la Anglo American para tratar y transportar el
material de hierro extraído.
Esa
agua era hasta ahora un recurso natural usado comunitariamente tanto
para las personas como para el ganado y la agricultura. Ahora es un recurso
económico privado, cercado y del que se excluye cada vez más a la población.
Tampoco
se compensan ni se subsanan las brutales afectaciones físicas sufridas por sus
casas, propiedades e infraestructuras. Las grandes obras y la circulación de
maquinaria pesada destruye las vías y gran parte del entorno ecológico,
provoca importantes grietas en las casas, contamina, etc. Analizaremos qué
mecanismos provocan que muchas personas no reciban ninguna compensación
por su brutal damnificación. Primero sufren graves prejuicios en casas y
propiedades, pero finalmente pueden llegar a perder su forma de vida y el modo
de ganarse el sustento, hasta hacerse totalmente inviable su proyecto vital a
largo plazo y tener que abandonar su tierra.
Además –en su buena fe- son engañadas con falsas promesas, silenciadas, manifiestan actitudes de temor y -frente a la todopoderosa Anglo American- terminan perdiendo su “derecho a tener derechos” (Hannah Arendt). Terminan asumiendo su precarización cuando se trata hacer valer sus derechos ante la justicia brasilera que, muchas veces, se muestra poco beligerante en la defensa de los derechos de las gentes vulneradas, mientras que en cambio puede ser incluso complaciente con las empresas mineras.
Además –en su buena fe- son engañadas con falsas promesas, silenciadas, manifiestan actitudes de temor y -frente a la todopoderosa Anglo American- terminan perdiendo su “derecho a tener derechos” (Hannah Arendt). Terminan asumiendo su precarización cuando se trata hacer valer sus derechos ante la justicia brasilera que, muchas veces, se muestra poco beligerante en la defensa de los derechos de las gentes vulneradas, mientras que en cambio puede ser incluso complaciente con las empresas mineras.
A
pesar de constatarse fidedignamente la gravedad de las afectaciones, tanto la
Anglo American como distintas administraciones públicas brasileras, tienden a
desentenderse totalmente de los afectados y de las vulneraciones que sufren.
Ello provoca que, finalmente, esas gentes pierdan su modo de vida llevado a cabo
hasta entonces, sean desplazadas de sus casas y territorios, y se conviertan
en vulnerabilizados refugiados socioecológicos en situación de favela o sin
hogar.
Una
mirada fría y distante -como veremos con detalle más adelante- puede pensar que
se trata de un simple “daño colateral, de las inevitables bajas
producidas por “fuego amigo” que tan solo desea el progreso o uno de esos
muchos conflictos que nacen y se agravan por disfunciones normativas. Una de
ellas –pero no la única- es que la ley solo prevé compensaciones para los
territorios y poblaciones donde se realiza la actividad primordial (en este
caso la extracción minera de la Anglo American) pero no aquellos otros donde
realizan otras actividades vinculadas, aunque las afectaciones sufridas sean
similares o incluso más graves.
Sin
duda es una disfunción legal y un grave escarnio, pero mostraremos que se trata
simplemente de uno más de los habituales perjuicios sufridos de forma
generalizadamente por la población pobre, desempoderada, ajena a las
estructuras de poder y de autodefensa que la ley contempla, vulnerada,
precarizada, desprotegida, invisibilizada e incomprendida.
Todo
funciona y parece estar pensado para obviar casos como el que analizamos en Dom
Joaquim y tratarlos separadamente de las condiciones “macro” de dominación
económica y las formas generales de explotación político-social. Aquí es una
trampa considerar que se trata tan solo de un caso particular y de orden menor
de “vacío legislativo” que puede ser fácilmente subsanado en una rápida mejora
de la ley. Pues muestra todo lo contrario el análisis macrofilosófico del
conflicto vinculado a la estricta implicación de “reflexión y acción” con la
gente que lo vive.
Por
razones de espacio, nuestro análisis macrofilosófico introductorio se limitará
a sintetizar algunos aspectos clave que manifiestan afectaciones
generalizables, de amplio alcance y duradero impacto en el modelo vigente de
modernización capitalista.
En
primer lugar, la privatización de las aguas y ríos naturales en Dom Joaquim
(ver los detalles más adelante) sigue un modelo generalizado y ya muy antiguo
que se centra tan solo en los agentes con títulos “no compartidos” de propiedad
“absoluta” y olvida cualquier otro derecho (p.e. comunitario), afectación (p.e.
indirecta) o el empoderamiento político-cultural que –a veces- impide
defenderse eficazmente y acceder a la justicia.
Por
ello este modelo tradicional de contratación, negociación y compensación
económica tiende a olvidar las damnificaciones y vulneraciones (MAYOS, 2016)
más allá de las partes que se consideran estrictamente contratantes y/o que no
están en condiciones de hacer valer sus derechos y poder de negociación. En
consecuencia y por muy damnificadas que sean, las restantes son obviadas y excluidas
de cualquier contraprestación o compensación.
Recordemos
que el actual modelo empresarial se configuró y tuvo un momento decisivo en
su franca lucha con el modelo comunal agrario precapitalista. El
antropólogo y economista Karl Polanyi (2003) lo analizó muy
rigurosamente en su obra ya clásica La gran transformación. Los orígenes
políticos y económicos de nuestro tiempo. Más allá de otros intereses y
mecanismos (que aquí no podemos analizar), ello encaja con la profunda
naturaleza del capitalismo que se limita a considerar tan sólo la propiedad
“absoluta” no compartible, las estrictas afectaciones directas y aquellos
mínimos contratos que permiten realizar el negocio.
Por
ello y fruto de una incomprensión desarrollada con el paso de las décadas,
manifiesta habitualmente una “alergia” profunda a cualquier otra posibilidad
intermedia, matizada, mixta, atendiendo a los bienes comunes… Pues a sus ojos
“complica” lo que tiene que ser una “contratación” eficaz y maximizadora de los
beneficios.
Se
olvidan así largos siglos y profundas experiencias de pensar el bienestar
comunal y de administrar lo común. Similarmente los mecanismos sociales y
epistemológicos no occidentales son obviados durante el colonialismo (MAYOS,
2016b), para privilegiar tan solo los mecanismos más concretos y contractuales
de negociación económica. Así se excluyen (explícita o implícitamente) gran
cantidad de agentes damnificados y que son excluidos de los procesos de
negociación, compensación, acceso a la justicia reparadora y -¿por qué no?- de
firma del contrato definitivo-vinculante.
Las
razones de tal exclusión son distintas. Unas veces se considera –por ejemplo-
que no tienen una propiedad absoluta sobre los recursos que centran el
contrato. Otras veces se rechaza cualquier contrapartida que no tenga que ver
estrictamente con la cesión de la propiedad absoluta de ese contrato, aunque
pueda comportar los daños y perjuicios más graves. Aún en otras ocasiones, se
eliminan los derechos vinculados a la posesión comunitaria tradicional, aunque
esté en plena vigencia en el momento y lugar donde se realiza el
contrato.
Finalmente
(pero no es la última razón), por la dinámica competitiva del capitalismo que
siempre busca el máximo beneficio posible, se minimiza al máximo cualquier derecho
que pueda invisibilizarse. También se excluye cualquier damnificación
cuya negociación y compensación pueda evitarse, aunque ello choque con la
justicia y sea aprovechar ilegítimamente la vulnerabilidad, el
desempoderamiento y la falta de capital político, económico, cultural… de los
afectados. Olvidando que no todo el mundo está en óptimas condiciones para
hacer valer eficazmente sus derechos y aprovechándose de sus debilidades, el
capitalismo usa astutos mecanismos de todo tipo para “hacerlos decaer en sus
derechos”.
Hay
que recordar que –en el mejor de los casos- el capitalismo es un sistema de
concurrencia agonista económica que aprovecha (e incluso busca activamente)
cualquier relación asimétrica en el poder negociador para obtener beneficios (más
o menos pacíficamente). La “gran titulación” inglesa analizada por Polanyi
(2003) fue tan solo un primer gran ejemplo, en muchos aspectos constituyente y
como experimentación inicial. En nuestro artículo veremos que aún hoy van
reiterándose y desarrollándose dinámicas muy similares. Por ello, consideramos
que continúa siendo de aplicación muy significativa a conflictos como el de Dom
Joaquim versus la Anglo American.
El
amable lector podrá ver más adelante como incluso algunos de los afectados
“reconocidos” en la negociación-contrato colaboran (implícita o
explícitamente) en estrategias de seducción, dilación, agotamiento, engaño, aislamiento entre si de los afectados, formulación de promesas fáciles
hechas para ser luego sistemáticamente incumplidas, silenciamiento, etc.
Significativamente y salvando las grandes diferencias de escala, en muchas
regiones como Dom Joaquim se reiteran y reproducen los famosos mecanismos de
cercamiento o “enclosure” analizados por Polanyi (2003) en el inicio de la revolución
industrial británica. Recordemos brevemente: privatización de la propiedad
común; desposesión, proletarización y desplazamiento de las poblaciones que
dependían más de los bienes comunales, etc.
Es
lamentable que hoy se produzcan los mismos errores y marginaciones, por eso
debemos luchar contra ellos a partir de una reflexión macrofilosófica que
retroalimente una acción eficaz con los afectados. Podemos ver que en pleno
siglo XXI se reproducen vulneraciones similares a las del siglo XVIII (Mayos
intenta mostrarlo en general en el artículo aquí incluido “Como el agua
pasó de vivificadora y sagrada a ser un mero factor productivo”).
Pues
como manifiesta lucidamente la Afectada 1: “Ellos compraron los terrenos en
todo el alrededor. [...]. Sí, cercando todos los terrenos, no habiendo manera
de que los animales puedan beber agua. [...] Acabó con todo, creyendo que hasta
el agua es de ellos. [...] La Anglo acabó con nuestra ciudad, acabó con todo.”
Es el inicio del artículo
"Dependencia minera, violaciones de derechos y silenciamientos en el
contexto de conflictos socioambientales en Dom Joaquim, Minas Gerais,
Brasil" / “Minério dependência, violações de
direitos e silenciamento no contexto de conflitos socioambientais em Dom
Joaquim, Minas Gerais, Brasil” de Maria Cecília Alvarenga, André Luiz Freitas
Dias, Lucas Furiati de Oliveira y Gonçal Mayos en Violaciones dederechos humanos, poder y estado, André Luiz Freitas Dias y Gonçal
Mayos (eds.), Brasil, Editora Paco, 2018, v. 1. 300p, ISBN 978-85-462-1458-7.
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